Además, los cestos deberán ser ubicados de tal manera que al depositar los residuos, se encuentren alejados de la destrucción de animales domésticos, frente al domicilio del usuario, que sea accesible al recolector y que los recipientes con residuos solo podrán permanecer en la vía pública dentro de las franjas horarias autorizadas de acuerdo a los tiempos estipulados para su recolección.
El proyecto actual deroga la Ordenanza 7817 del 2016, que nunca fue reglamentada. Desde el ejecutivo se ve sumamente necesaria una normativa actualizada en el marco del proyecto de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU).
En el Proyecto de Ordenanza también se establecen normativas para propietarios de negocios en las áreas comerciales, galerías, personas físicas o jurídicas que organicen espectáculos públicos y sobre residuos generados por poda de árboles y jardinería.
La normativa se extiende a las actividades comerciales en la vía pública, a la disposición de residuos en edificios de propiedad horizontal, a los generadores especiales de residuos, a residuos voluminosos y consideraciones vinculadas a faltas sobre la higiene urbana, faltas vinculadas al ambiente, faltas sobre el arbolado público y equipamiento urbano.
Sobre el proyecto el subsecretario de Servicios Públicos, Gastón Gutiérrez. remarcó que “es necesario un esquema de regla claras de disposición inicial, porque si no controlamos el inicio del recorrido de la basura difícilmente podamos controlar las corrientes y tengamos proliferación de microbasurales a cielo abierto en cada barrio, además , este proyecto reconoce a su vez un tratamiento diferenciado con grande generadores y generadores especiales que por su escala nevcesitan un esquema diferenciado” agregó.
El gobierno de Viedma prevé enviar al Concejo Deliberante el proyecto de Ordenanza que establece entre otras disposiciones ambientales, el uso obligatorio de canastos de residuos domiciliarios en viviendas particulares.
El proyecto establece que el uso obligatorio de cestos se hace necesario para brindar una mayor eficacia en el servicio de recolección y una mejor protección ambiental, evitando roturas sufridas por las bolsas, la proliferación de focos infecciosos y la obstrucción de desagües pluviales.
En su primer artículo establece la disposición inicial de los residuos sólidos urbanos y resalta que cada frentista debe ser responsable de depositar correctamente los residuos domiciliarios y establece que cada domicilio posea un cesto domiciliario para depositar residuos.
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